Divorcio y Separación
Tramitamos el divorcio o la separación —de mutuo acuerdo o contencioso— garantizando la protección de sus derechos e intereses en cada fase del procedimiento, desde la negociación del convenio hasta la ejecución de la sentencia.
El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial y puede instarse a petición de uno o ambos cónyuges transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, sin necesidad de alegar causa alguna. Cuando existe acuerdo entre las partes, el procedimiento de mutuo acuerdo es más rápido y económico, y puede formalizarse ante Notario si no hay hijos menores de edad no emancipados. En los casos en que no existe consenso, el divorcio contencioso requiere la intervención judicial y una mayor preparación estratégica. La separación, en cambio, suspende la vida en común sin disolver el vínculo y puede ser una solución temporal o definitiva según las circunstancias. Nuestro despacho acompaña al cliente en ambas modalidades, poniendo especial énfasis en la protección de los derechos económicos, la custodia de los hijos y el uso de la vivienda familiar.
- Matrimonios que deseen disolver su vínculo matrimonial por mutuo acuerdo
- Cónyuge que necesite iniciar un divorcio unilateral ante la negativa del otro
- Parejas con hijos menores que requieran medidas de protección sobre la custodia y alimentos
- Personas que deseen revisar o modificar sentencias de divorcio ya dictadas
Requisitos necesarios.
Certificado literal de matrimonio
Obtener el certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil donde se inscribió, o el equivalente apostillado si el matrimonio se celebró en el extranjero. Es el documento esencial que acredita la existencia del vínculo y su duración.
Documentación económica y patrimonial
Reunir las últimas declaraciones de la renta de ambos cónyuges, extractos bancarios, escrituras de propiedades, nóminas u otro justificante de ingresos. Esta documentación es imprescindible para negociar la pensión compensatoria, el régimen de bienes y la liquidación de la sociedad conyugal.
Propuesta de convenio regulador (en divorcios de mutuo acuerdo)
Elaborar el convenio regulador que regula las relaciones entre los cónyuges tras el divorcio: custodia y régimen de visitas de los hijos, atribución del uso de la vivienda familiar, pensión alimenticia, pensión compensatoria y liquidación del régimen económico matrimonial.
Proceso paso a paso.
Consulta inicial y análisis de la situación
Estudiamos en detalle la situación familiar, económica y patrimonial del cliente. Evaluamos la viabilidad del divorcio de mutuo acuerdo frente al contencioso, identificamos los puntos de conflicto y diseñamos una estrategia adaptada a sus objetivos y al interés superior de los hijos.
Negociación del convenio regulador
En divorcios de mutuo acuerdo, asistimos al cliente en la negociación del convenio regulador, redactamos el texto de manera que proteja sus intereses y evitamos cláusulas ambiguas que puedan generar conflictos futuros. Coordinamos con el abogado de la otra parte para alcanzar el acuerdo más equitativo.
Presentación de la demanda y representación judicial
Redactamos y presentamos la demanda de divorcio —o la contestación, si el cliente es el demandado—, comparecemos en las vistas ante el Juzgado de Familia, y solicitamos las medidas cautelares o provisionales que resulten necesarias para la protección del cliente y los menores.
Ejecución y seguimiento post-sentencia
Una vez dictada la sentencia, vigilamos su cumplimiento y ejecutamos judicialmente cualquier incumplimiento por la otra parte. También asesoramos sobre las posibles modificaciones de medidas cuando cambien las circunstancias personales, laborales o económicas de alguno de los progenitores.
Preguntas frecuentes.
Un divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores puede formalizarse ante Notario en pocas semanas. Si hay hijos menores, debe tramitarse ante el Juzgado de Familia, y el plazo habitual oscila entre dos y cuatro meses dependiendo de la carga del juzgado. Un divorcio contencioso puede tardar entre uno y tres años.
La pensión compensatoria procede cuando el divorcio produce un desequilibrio económico en uno de los cónyuges respecto a la posición del otro. El juez valora factores como la duración del matrimonio, la dedicación al hogar y a los hijos, la situación laboral de cada cónyuge y las perspectivas económicas futuras. No es automática y debe solicitarse expresamente.
Sí. La modificación de medidas relativas a la custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia puede solicitarse cuando haya un cambio sustancial y permanente en las circunstancias. Esto incluye cambios en el trabajo, en la situación económica, en la conducta de los progenitores o en las necesidades de los hijos.

