Derecho Mercantil
Contratos & Negociación
Contratos & Negociación

Contratos Mercantiles

Redactamos, revisamos y negociamos contratos mercantiles que protegen sus intereses y minimizan el riesgo jurídico, adaptados a la normativa española y europea vigente.

Descripción

El contrato mercantil es la columna vertebral de cualquier relación de negocio. Un contrato bien redactado no solo define con claridad las obligaciones de cada parte, sino que anticipa los escenarios de incumplimiento, establece mecanismos de resolución de conflictos y limita la exposición a responsabilidades inesperadas. En la práctica empresarial española y europea son habituales los contratos de compraventa mercantil, distribución, agencia comercial, franquicia, suministro, prestación de servicios, arrendamiento de empresa, licencia de propiedad intelectual o industrial, joint ventures y acuerdos de confidencialidad (NDA). La protección de datos, las cláusulas penales, los pactos de exclusividad, las limitaciones de responsabilidad y las cláusulas de jurisdicción y ley aplicable son aspectos que con frecuencia se subestiman y que pueden tener consecuencias económicas devastadoras. Nuestro despacho interviene tanto en la fase de negociación como en la redacción final y en la gestión de los conflictos derivados de contratos incumplidos.

¿Para quién?
  • Empresas que necesiten redactar o revisar contratos de distribución, agencia o suministro
  • Empresarios que vayan a suscribir un contrato con una empresa extranjera y necesiten asesoramiento
  • Startups que requieran contratos de inversión, acuerdos de socios o pactos de accionistas
  • Empresas perjudicadas por el incumplimiento de un contrato que deseen reclamar daños

Requisitos necesarios.

01

Descripción clara del objeto del contrato

Definir con precisión el bien o servicio objeto del contrato, las especificaciones técnicas si las hay, los plazos de entrega o prestación, el precio y las condiciones de pago. La falta de precisión en estos elementos es la causa más frecuente de litigio.

02

Identificación de las partes y capacidad

Verificar la identidad, denominación social, domicilio y representación legal de todas las partes contratantes. En el caso de sociedades, comprobar que quien firma tiene poderes suficientes para obligar a la persona jurídica, ya que la actuación de un representante sin poderes puede anular el contrato.

03

Determinación del régimen jurídico aplicable

En contratos internacionales, determinar la ley nacional aplicable y la jurisdicción competente —o la sumisión a arbitraje— es esencial para conocer el marco regulatorio que regirá la relación contractual y los derechos de cada parte en caso de conflicto.

Proceso paso a paso.

01
Paso 01

Análisis de la operación y diagnóstico de riesgos

Estudiamos la operación desde el punto de vista jurídico y económico, identificamos los riesgos específicos de cada parte, evaluamos las asimetrías de poder negociador y determinamos qué cláusulas son imprescindibles para proteger los intereses del cliente.

02
Paso 02

Negociación y redacción del contrato

Negociamos directamente con la contraparte o con sus abogados la redacción de cada cláusula, utilizando nuestro conocimiento de la jurisprudencia y la práctica contractual española y europea para obtener las condiciones más favorables posibles para el cliente.

03
Paso 03

Revisión de contratos de la contraparte

Cuando el cliente recibe un contrato elaborado por la otra parte, realizamos una revisión exhaustiva señalando las cláusulas problemáticas, proponiendo modificaciones y advirtiendo de las implicaciones de aquellas disposiciones que puedan generar riesgos a medio o largo plazo.

04
Paso 04

Gestión de conflictos e incumplimientos

Cuando se produce un incumplimiento contractual, asesoramos sobre las opciones disponibles —requerimiento extrajudicial, resolución, reclamación de daños— y representamos al cliente en la vía judicial o arbitral para obtener el máximo resarcimiento económico.

Preguntas frecuentes.

En principio sí, ya que el Código Civil reconoce la validez de los contratos verbales siempre que concurran los requisitos del consentimiento, objeto y causa. Sin embargo, la prueba del contrato verbal es enormemente difícil en caso de litigio. Por ello es siempre recomendable formalizar los acuerdos por escrito, aunque sea mediante correo electrónico o mensaje con acuse de recibo.

Sí. El artículo 1124 del Código Civil reconoce el derecho a resolver el contrato cuando una de las partes incumple sus obligaciones esenciales. Para ello generalmente es necesario requerir previamente a la parte incumplidora, aunque cuando el incumplimiento es grave y manifiesto los tribunales admiten la resolución inmediata. La resolución genera el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios sufridos.

La cláusula penal es un pacto que fija anticipadamente la indemnización que deberá pagar la parte que incumpla el contrato. Su ventaja es que exime al perjudicado de probar el daño concreto sufrido. Conviene incluirla cuando el daño es difícilmente cuantificable o cuando se quiere disuadir a la otra parte de incumplir. Los tribunales pueden moderarla si resulta manifiestamente desproporcionada.