La vía judicial frente a la inactividad o denegación
Es muy frustrante recibir una resolución denegatoria tras meses de espera, o peor aún, sufrir el "silencio administrativo" donde la administración no responde a tu solicitud de residencia o nacionalidad. En estos casos, la ley pone a tu disposición el Recurso Contencioso-Administrativo.
¿Cuándo se debe interponer?
El recurso contencioso no se presenta ante la propia oficina que te denegó el trámite, sino ante los Tribunales de Justicia. Los escenarios más comunes son:
- Denegación injusta: Cuando Extranjería deniega tu arraigoAutorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (social, laboral, familiar, etc.). o renovación argumentando falta de medios económicos o antecedentes penales ya cancelados, y se considera que la interpretación de la ley ha sido errónea o desproporcionada.
- Silencio Administrativo (Nacionalidad): La ley dicta que el Ministerio tiene 1 año para resolver un expediente de nacionalidad. Si pasa el año sin respuesta, se entiende denegado por silencio administrativo negativo. Aquí, el recurso contencioso suele "despertar" al Ministerio, que a menudo aprueba el expediente antes incluso de llegar a juicio.
¿Cuánto tarda y qué coste tiene?
Es un procedimiento judicial que requiere abogado y procurador. Aunque los tiempos judiciales varían, en casos de inactividad de nacionalidad, muchas veces se logra la resolución favorable en pocos meses desde la interposición de la demanda. Es una inversión fundamental para proteger tus derechos y evitar caer en la irregularidad sobrevenida.

